Desde 2014, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, está impulsando diversas medidas orientadas a optimizar la seguridad vial. Una de ellas, implementada mediante un decreto supremo y que empezó a regir en enero de 2016, fue la adición del chaleco reflectante (con determinadas especificaciones técnicas) a los elementos de seguridad que deben portar vehículos particulares, camiones, taxis, transportes escolares y cualquier vehículo motorizado.
El objetivo de la norma es que, en caso de desperfecto en carretera, los conductores lo usen para aumentar su visibilidad y alertar de su presencia a los demás actores viales, reduciendo el riesgo de atropello.
¿Son obligatorios los chalecos reflectantes para motoristas?
Desde la publicación del decreto y la posterior implementación, han surgido dudas sobre cómo usar el chaleco reflectante en motocicletas, siempre con la preocupación de no llevarlo y ser sancionados con la correspondiente multa: entre 0,2 a 0,5 UTM.
Al respecto, hay que decir que “no es obligatorio llevar el chaleco reflectivo como elemento de seguridad en motocicletas”.
Quizá la norma no fue clara al definir a los actores viales obligados a llevar el chaleco reflectante en el kit de seguridad, especialmente al hacer alusión a “todos los vehículos motorizados”.
Sin embargo, en ningún lado se hace alusión específica a las motocicletas y desde Conaset se ha recordado en varias ocasiones que no existe tal obligatoriedad de chalecos reflectantes para motoristas.
Lo que sí ha sucedido es que los legisladores han contemplado la posibilidad de ampliar la obligatoriedad a los moteros, pero es algo que hasta el momento no se ha concretado.
De otra parte, en 16 de octubre de 2020, diputados ingresaron un proyecto que proponía modificar la Ley del Tránsito N°18.290 para prohibir el transporte de acompañante y obligar al conductor a vestir un chaleco reflectante con la identificación de la patente impresa en la espalda.
Sin embargo, el objetivo aquí no es la seguridad vial sino la ciudadana, pues buscaba facilitar la identificación de aquellos que usan los vehículos para delinquir. No obstante, no fue aprobado.
¿Cuáles son los elementos de seguridad en motocicletas?
Teniendo claro que el uso de chaleco reflectante en motocicletas no es obligatorio, te preguntarás qué sí debes usar por ley. Al respecto, la normatividad del país establece lo siguiente:
- Casco certificado y en perfecto estado sujeto a la barbilla.
- Protección ocular, que puede ser unos anteojos o la misma que traen integrada los cascos.
- Guantes resistentes al roce, que cubran la mano completa.
- Calzado que cubra el pie completamente, preferiblemente con planta antideslizante
- Ropa que cubra piernas y brazos por completo, idealmente resistente al roce, en vías donde la velocidad máxima sea igual o superior a 80 kilómetros por hora.
Por lo demás, la motocicleta debe tener:
- Apoya pies (pueden ser retráctiles).
- Correas o partes firmes que actúen como agarradera para piloto y copiloto.
- Superficies reflectantes (al costado de los ejes en color ámbar; en los ejes traseros, tanto a sus costados como en la parte trasera, de color rojos).
- Espejos retrovisores en ambos costados.
En conclusión, la ley no te obliga a preocuparte por cómo usar el chaleco reflectante. Sin embargo, sí es recomendable utilizar prendas con material reflectante tanto en condiciones de emergencia como mientras conduces, especialmente en la noche y en condiciones de poca visibilidad.
No tiene que ser el chaleco amarillo fluorescente con bandas retrorreflectantes con un ancho no menor a 50 milímetros que todos los conductores deben llevar en su guantera. Basta con una chaqueta para motociclista con elementos reflectivos. Llevarla puesta puede marcar la diferencia entre ser visto o que tengas un accidente por no ser visto por los demás.
Fuente: Derco